BOE

¿Quién?

A partir de hoy es obligatorio el uso de mascarillas en mayores de seis años en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. En niños entre tres y cinco años solo es una recomendación.
La Orden establece que también es recomendable en los niños de entre 3 y 5 años

¿Dónde?

Deberán llevarla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

Excepciones

No será exigible su uso en las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso, las que tengan motivos de salud debidamente justificados o aquellas que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable.

Tampoco se exigirá en el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible su uso o si existe una causa de fuerza mayor o situación de necesidad. En este punto el ministerio de Sanidad ha aclarado que los corredores están exentos de llevar mascarilla mientras realizan esta actividad deportiva.

No será obligatorio en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, como la ingesta de alimentos y bebidas.

Puedes leer aquí la Orden publicada en el Boletín Oficial del Estado.